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Viajar a Japón · Según quién viaja

Working holiday en Japón para españoles: requisitos, plazas y trámites

Todo lo que necesitas para pasar un año en Japón con el visado working holiday: quién puede pedirlo, cuánto dinero demostrar, cuándo y dónde se solicita, qué trabajos están prohibidos y qué hacer con el seguro médico.

Actualizado el · 14 min de lectura

En este artículo

Respuesta rápida: quién puede hacer un working holiday en Japón

Si tienes nacionalidad española, entre 18 y 30 años (cumplidos en el momento de solicitarlo) y vives en España, puedes pedir el visado working holiday de Japón. Te permite pasar hasta un año en el país con un objetivo principal de vacaciones y conocer su cultura, y trabajar de forma ocasional para pagarte el viaje. El visado es gratuito para los españoles, se solicita en la Embajada en Madrid o en los consulados de Barcelona y Las Palmas y, salvo casos excepcionales, solo se concede una vez.

Dato Lo que dice la Embajada de Japón
Edad De 18 a 30 años, ambos incluidos, al presentar la solicitud
Estancia máxima Un año desde el día en que entras en Japón
Cupo Limitado. Sus preguntas frecuentes hablan de 500 visados al año: 235 en Madrid, 235 en Barcelona y 30 en Las Palmas
Programa 2027 En la Embajada en Madrid, solicitudes desde el 1 de diciembre de 2026 y recogida de visados desde el 11 de enero de 2027. Consulta las fechas de tu consulado
Fondos 4.000 € sin billete de avión, 3.000 € con billete de ida y 2.000 € con billete de ida y vuelta
Precio del visado Gratuito para ciudadanos españoles
EN RESUMEN

La Embajada en Madrid dio por agotado su cupo de 2026 el 28 de agosto de 2026. Si quieres ir en 2027, prepara ya los documentos: en Madrid las solicitudes se abren el 1 de diciembre de 2026, y las plazas se reparten hasta que se acaban. Si vives en Cataluña, Baleares, la Comunidad Valenciana o Canarias, consulta las fechas y el cupo de tu consulado.

Requisitos del visado working holiday para españoles

El programa existe desde 2017 gracias a un acuerdo entre España y Japón. No es un visado de trabajo: la Embajada insiste en que está pensado para unas vacaciones largas y que, si tu objetivo principal es trabajar, necesitas otro tipo de visado. Estas son las condiciones que publica en su página oficial del programa Working Holiday:

  • Nacionalidad española. La Embajada solo tramita solicitudes de ciudadanos españoles; si tienes otra nacionalidad, tienes que consultarlo con el consulado de Japón de tu país.
  • Edad: de 18 a 30 años, ambos incluidos, al solicitar el visado. Si tienes 30, basta con pedir la cita y presentar la solicitud antes de cumplir los 31; no importa que los cumplas después o ya en Japón.
  • Residencia en España cuando lo solicitas. Si vives fuera, tienes que volver a España antes de empezar el trámite.
  • Pasaporte español con al menos dos páginas en blanco y una validez mínima de un año desde tu llegada a Japón.
  • Buena salud: un certificado médico que diga que no padeces ninguna enfermedad grave ni contagiosa que te impida viajar a Japón.
  • Sin antecedentes penales, mediante una declaración jurada.
  • No haber tenido antes este visado, salvo que no pudieras usarlo por causas inevitables.
  • Sin acompañantes a tu cargo: tu pareja o tus hijos solo pueden ir contigo si tienen su propio visado.
  • Fondos suficientes para los primeros gastos, según el billete que presentes (lo ves en la tabla siguiente).

Cuánto dinero tienes que demostrar

Se acredita con un certificado de saldo bancario expedido en los 15 días anteriores a la solicitud, en el que figuren el titular, el banco, la fecha y el saldo. El importe mínimo depende del billete de avión que aportes:

Billete que presentas Saldo mínimo
Ninguno 4.000 €
Solo ida 3.000 €
Ida y vuelta 2.000 €

Si no llegas a esa cifra, un familiar puede avalarte. Tendrá que firmar una carta en la que se compromete a cubrir los gastos del viaje y aportar copia de su DNI o pasaporte, un documento oficial que pruebe el parentesco (por ejemplo, el libro de familia) y su propio certificado de saldo.

Documentos que tienes que presentar

La Embajada publica cada año una lista de documentos para el visado Working Holiday 2026 con los formularios que hay que usar (anexos A, B, C y D). Lo que sigue es la lista de 2026: cuando pidas cita, descarga la versión vigente en la web de tu oficina, porque puede cambiar de un año a otro.

  • Pasaporte original, con los requisitos de validez y páginas en blanco de arriba.
  • Formulario de solicitud (anexo A), firmado a mano con tinta negra o azul. No se aceptan firmas digitales.
  • Una fotografía en color, de menos de seis meses, con fondo blanco y el rostro descubierto y centrado. No valen las de fotomatón.
  • Currículum (anexo B) con tu formación y experiencia laboral.
  • Plan de actividades (anexo C): un itinerario realista mes a mes que explique por qué eliges cada lugar.
  • Carta de motivación de una página A4 como mínimo, en formato libre.
  • Certificado médico expedido en las tres semanas anteriores a la solicitud. El Consulado de Barcelona recomienda el certificado médico oficial del Consejo General de Colegios de Médicos; también admite un informe de un centro de salud de la Seguridad Social con el nombre del médico, su número de colegiado y la fecha.
  • Declaración jurada de antecedentes penales (anexo D).
  • Certificado de saldo bancario y, si hace falta, la documentación del avalista.
  • Reserva del vuelo con fechas, escalas y horas de llegada y salida de Japón, si la tienes. Comprar el billete no garantiza que el visado esté listo antes de la fecha del vuelo.
DETALLES QUE TE PUEDEN DEVOLVER LA SOLICITUD

Lleva originales, sin grapar, y comprueba que tus datos personales coinciden en todos los certificados y en el pasaporte. Solo te devuelven el pasaporte; el resto de los documentos se los queda el consulado, así que haz copias antes. Pueden pedirte documentación adicional.

Cupo anual y plazos: cuándo pedirlo para ir en 2027

El número de visados es limitado y se reparte por oficinas. Las preguntas frecuentes de la Embajada sobre el Working Holiday hablan de 500 al año: 235 en la Sección Consular de la Embajada en Madrid, 235 en el Consulado General de Barcelona y 30 en el Consulado de Las Palmas de Gran Canaria. Es una cifra que puede cambiar: cuando una oficina agota su cupo, deja de aceptar solicitudes y lo anuncia en su web.

  • Programa 2026: la Embajada en Madrid publicó el 28 de agosto de 2026 que su cupo estaba agotado. El Consulado de Barcelona, en cambio, lo daba como disponible en su web a 16 de septiembre de 2026: si vives en Cataluña, Baleares o la Comunidad Valenciana, consulta a tu consulado.
  • Programa 2027: según la Embajada en Madrid, se pueden presentar solicitudes a partir del 1 de diciembre de 2026, en persona y con cita previa, y los visados se recogen a partir del 11 de enero de 2027. Consulta las fechas de tu consulado si te corresponde Barcelona o Las Palmas.
  • Cuándo presentarlo: no antes de tres meses ni después de tres semanas antes de la fecha de tu viaje.
  • Plazo de tramitación: al menos cinco días hábiles desde que el expediente está completo. Si te piden documentos o correcciones, se alarga.
  • Validez del visado: tres meses desde que se expide. Tienes que entrar en Japón dentro de ese plazo; el año de estancia empieza a contar el día de tu llegada.
CONSEJO

Como el visado caduca a los tres meses, no lo pidas pensando en viajar mucho después: elige una fecha de entrada realista y presenta la solicitud en esa ventana de entre tres meses y tres semanas antes. Ten todo listo antes de que se abra el plazo, porque con un cupo tan limitado las plazas pueden agotarse antes de fin de año.

Dónde y cómo se solicita

En Madrid y Las Palmas, la solicitud es solo en persona y con cita: no vale que la presente otra persona en tu nombre ni enviarla por correo o mensajería. El Consulado de Barcelona admite además el envío por correo postal (consulta sus condiciones). En ningún caso se puede pedir por internet. La oficina depende de tu comunidad autónoma de residencia, sin excepciones:

Si vives en Oficina Cómo pedir cita
Cataluña, Baleares o Comunidad Valenciana Consulado General del Japón en Barcelona Cita por correo electrónico o envío por correo postal con los originales y un formulario de asunción de responsabilidad, según la página de Working Holiday del Consulado en Barcelona
Canarias Consulado del Japón en Las Palmas de Gran Canaria Cita previa por teléfono (928 244 012, pregunta por la Sección Consular) o por correo electrónico (workingholidaylp@md.mofa.go.jp)
Resto de España Sección Consular de la Embajada del Japón en Madrid Con el sistema de citas consulares enlazado desde la página del programa de la Embajada
  1. Comprueba que cumples los requisitos y reúne todos los documentos de la lista.
  2. Pide cita en la oficina que te corresponde y presenta la solicitud en persona (o por correo postal, si te corresponde Barcelona) dentro de la ventana de tres meses a tres semanas antes del viaje.
  3. Espera la resolución: mínimo cinco días hábiles. La Embajada puede no explicar los motivos si te lo deniegan.
  4. Recoge el pasaporte con el visado. En Madrid se recoge en la ventanilla de la Sección Consular de 14:15 a 16:15, sin cita.

Qué puedes hacer en Japón y qué trabajos están prohibidos

Con este visado el viaje es lo principal. Todo lo demás tiene que ser secundario. La Embajada enumera lo que sí puedes hacer sin pedir ningún permiso más:

  • Trabajos ocasionales para completar tus fondos.
  • Actividades académicas temporales, como un curso corto.
  • Voluntariado sin remuneración.
  • Prácticas en empresas sin remuneración.
TRABAJOS PROHIBIDOS

No puedes trabajar en nada regulado por la ley japonesa de control de negocios de entretenimiento. El Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón lo concreta: bares, cabarés, discotecas y clubes nocturnos, locales de juego y apuestas, y cualquier otro negocio que afecte a la moral pública. Tampoco puedes convertir el trabajo o los estudios en el objetivo principal de tu estancia: para eso existen otros visados.

Para buscar empleo, el Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón remite a los centros de empleo para extranjeros de Tokio, Nagoya, Osaka y Fukuoka y a algunas oficinas públicas de empleo, llamadas «Hello Work», donde atienden en inglés. Tienes el resumen del programa y de los países participantes en la página de Working Holiday del Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón (en inglés).

Al llegar: tarjeta de residencia, registro y otros trámites

Con el visado working holiday entras como residente de media o larga duración, no como turista, así que tienes obligaciones que un viajero de 90 días no tiene. Las explica la Agencia de Servicios de Inmigración de Japón en su guía para vivir y trabajar en Japón (en inglés).

La tarjeta de residencia

Se entrega a quien va a quedarse más de tres meses. Si aterrizas en Narita, Haneda, Chubu, Kansai, Nuevo Chitose, Hiroshima o Fukuoka, te la dan en el mismo aeropuerto. Si llegas por otro aeropuerto o puerto, te la envían a tu domicilio cuando te registras en el ayuntamiento. A partir de los 16 años tienes que llevarla encima siempre.

El registro en el ayuntamiento

En los 14 días siguientes a fijar tu domicilio tienes que ir a la oficina municipal de tu zona para comunicar la dirección, con la tarjeta de residencia. Ese registro es el paso previo para darte de alta en el seguro nacional de salud y en el sistema de pensiones.

  • Seguro nacional de salud: la afiliación es obligatoria para los residentes registrados menores de 75 años que no tengan el seguro de salud de una empresa, salvo excepciones como una estancia inferior a tres meses. Te das de alta en la misma oficina municipal (lo ves en la sección siguiente).
  • Pensión pública: en principio, todos los residentes registrados de entre 20 y 59 años tienen que afiliarse a un sistema público de pensiones. En la oficina municipal te indicarán cómo se aplica en tu caso. Si has pagado al menos 6 meses de cotizaciones, al marcharte puedes pedir a la Japan Pension Service el pago a tanto alzado por salida (dattai ichijikin), que se calcula con una fórmula y no equivale a todo lo que pagaste, dentro de los dos años siguientes al día en que dejas de tener domicilio en Japón.

Si sales de Japón durante el año

El visado es de una sola entrada. Si quieres hacer una escapada a Corea o al Sudeste Asiático y volver, necesitas un permiso de reentrada. Con la tarjeta de residencia y el pasaporte en vigor puedes acogerte al permiso especial de reentrada, que te evita tramitarlo antes, siempre que vuelvas antes de que termine tu estancia autorizada (y como máximo en un año). Indícalo en el control de inmigración al salir; si no lo haces, pierdes tu estatus de residente. Al marcharte definitivamente, entregas la tarjeta de residencia al agente de inmigración del aeropuerto.

Para la aduana, lo que puedes llevar en la maleta y los trámites comunes a cualquier viajero, mira nuestra guía de requisitos para entrar en Japón. Si tomas medicación habitual, ten en cuenta que para un año necesitarás más cantidad de la que se permite sin trámites: lo explicamos en qué medicamentos puedes llevar a Japón. Y si tu vuelo de ida o de vuelta hace escala en Estados Unidos, necesitas el ESTA aunque no salgas del aeropuerto: lo contamos en el ESTA en escalas y tránsitos.

Seguro médico: qué pide la Embajada y qué cubre el seguro japonés

La Embajada no exige un seguro médico para concederte el visado, pero lo recomienda para toda la estancia, y avisa de que la cobertura que te dé un empleador puede no ser suficiente con este tipo de visado. Hay dos piezas que se complementan: el seguro nacional de salud japonés y un seguro de larga estancia contratado desde España.

El seguro nacional de salud japonés

Una vez registrado como residente, el seguro nacional de salud (kokumin kenko hoken) es obligatorio si tu estancia supera los tres meses y no estás en el seguro de una empresa. Pagas una cuota que depende de tus ingresos y del municipio, y a cambio, a tu edad, en la consulta pagas en general el 30 % de los gastos médicos. Te das de alta en la oficina municipal al registrarte como residente.

Hasta que te das de alta no tienes cobertura pública: como un turista, pagas el 100 % de la factura. Entre el alta y la llegada de la tarjeta del seguro adelantas también el 100 %, pero después puedes pedir el reembolso, menos tu copago. Y el seguro japonés no cubre el 30 % que pagas tú ni la repatriación a España. En nuestra guía de sanidad en Japón para turistas explicamos cómo se paga y cómo encontrar un médico que hable inglés.

Qué debe cubrir tu seguro de larga estancia

Un seguro de viaje normal suele limitar la duración del viaje a unas semanas, así que para un año necesitas un seguro de larga estancia. Revisa en la póliza estos puntos:

  • Toda la duración del visado: de 12 meses, desde el día que sales de España, para cubrir también las primeras semanas antes del alta en el seguro japonés.
  • Gastos médicos con pago directo en Japón, para no adelantar el dinero de una hospitalización.
  • Repatriación sanitaria y traslado a España, que el seguro japonés no cubre.
  • Trabajo: comprueba que no excluye los accidentes durante trabajos temporales, sobre todo si son manuales (hostelería, granjas, estaciones de esquí).
  • Deportes: si piensas esquiar en Hokkaido o Nagano, hacer senderismo en los Alpes japoneses o bucear en Okinawa, que estén incluidos.
  • Escapadas a otros países durante el año, si vas a salir de Japón.
  • Responsabilidad civil y pérdida o robo del equipaje y los documentos.
SEGURO Y TERREMOTOS

Japón tiene terremotos con frecuencia. Lleva siempre encima el teléfono de asistencia de tu póliza y el número de emergencias, el 119 para ambulancia. Tienes más detalles del país, la sanidad y los riesgos naturales en nuestra guía de seguro de viaje a Japón.

Preguntas frecuentes

¿Hasta qué edad puedo pedir el working holiday en Japón?

Puedes solicitarlo si tienes entre 18 y 30 años, ambos incluidos, en el momento de presentar la solicitud. Si tienes 30, basta con pedir la cita y presentar los papeles antes de cumplir los 31, aunque los cumplas después o ya en Japón.

¿Cuántas plazas hay para españoles y cuándo se pueden pedir?

El cupo es limitado y se reparte por oficinas; las preguntas frecuentes de la Embajada hablan de unas 500 plazas al año entre Madrid, Barcelona y Las Palmas. En la Embajada en Madrid, el programa 2027 admite solicitudes desde el 1 de diciembre de 2026 y los visados se recogen desde el 11 de enero de 2027; si te corresponde Barcelona o Las Palmas, consulta las fechas de tu consulado.

¿Cuánto dinero tengo que demostrar?

Un saldo bancario de 4.000 € si no presentas billete de avión, 3.000 € con billete de ida y 2.000 € con billete de ida y vuelta. El certificado del banco debe tener menos de 15 días, y si no llegas, un familiar puede avalarte.

¿Se puede pedir el visado por internet o por correo?

Por internet, no. En Madrid y Las Palmas, solo en persona y con cita; el Consulado de Barcelona admite además el envío por correo postal (consulta sus condiciones). La oficina depende de tu comunidad autónoma de residencia.

¿Es obligatorio el seguro médico para el working holiday en Japón?

La Embajada no lo exige para darte el visado, pero lo recomienda para toda la estancia. Una vez registrado como residente tienes que afiliarte al seguro nacional de salud japonés, que no cubre el 30 % que pagas en la consulta ni la repatriación, así que conviene un seguro de larga estancia de 12 meses.

¿En qué trabajos no puedo trabajar con este visado?

Están prohibidos los trabajos regulados por la ley japonesa de negocios de entretenimiento: bares, cabarés, discotecas, clubes nocturnos, locales de juego y apuestas y otros que afecten a la moral pública. Además, el trabajo no puede ser el objetivo principal de tu estancia.

¿VIAJAS A JAPÓN?

Antes de salir, revisa qué debe cubrir tu seguro en nuestra guía de seguro de viaje a Japón: asistencia médica, repatriación, cancelación y equipaje, con atención en español las 24 horas.

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